jueves, 9 de febrero de 2017

Artículo 17. Resolución 2.593. Gaceta Oficial N° 39.839

De la calificación

Artículo 17: La calificación se expresará en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima aprobatoria para las unidades curriculares es doce (12) y para el proyecto dieciséis (16). La escala de calificación será la siguiente:


Nivel de Logro en la Unidad Curricular Calificación




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